Reglamento federal

Artículo 31 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 31. El presupuesto correspondiente a las remuneraciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades se integrará conforme a los tipos de personal siguientes:

I. Civiles, que se agrupan en personal de base y confianza de las dependencias y entidades, en los términos siguientes:

a) Personal operativo, que comprende al personal que realiza labores de apoyo técnicas o administrativas;

b) Personal de categorías creadas por rama de especialidad y que para efectos programáticos se organizan y clasifican en las siguientes funciones administrativas:

i) Servicio Exterior Mexicano: personal de carrera y asimilado;

ii) Educación: personal de investigación, académico, docente, de apoyo y asistencia, y directivo de educación básica, media superior y superior;

iii) Salud: personal de las ramas médica, paramédica y grupos afines;

iv) Investigación científica y desarrollo tecnológico: personal investigador;

v) Seguridad pública: personal para instituciones policiales, para la prevención y readaptación social, y para el tutelaje de menores;

vi) Procuración de justicia: agentes del Ministerio Público de la Federación y de la policía federal investigadora;

vii) Gobernación: personal de investigación en seguridad nacional, de inspección y control migratorio;

viii) Hacienda: personal de seguridad fiscal y aduanera;

ix) Las demás categorías que se establezcan conforme a las disposiciones aplicables;

c) Personal de mando, que comprende los grupos de servidores públicos de confianza con puestos de:

i) Mando: de nivel Secretario a Jefe de Departamento, homólogos o equivalentes;

ii) Enlace: personal que depende de los puestos de mando y realiza funciones o actividades de coordinación o de mando dentro de la estructura ocupacional. Incluye los puestos homologados a los enlaces, y II. Militares: conforme a los cargos del servicio militar establecidos en las leyes orgánicas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y de la Armada de México.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 31 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

El presupuesto correspondiente a las remuneraciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades se integrará conforme a los tipos de personal siguientes: I. Civiles, que se agrupan en personal de base y…

¿Está vigente el artículo 31?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 27-09-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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