Reglamento federal

Artículo 42 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria · Última reforma de referencia: 27-09-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 42. Los titulares de las dependencias y entidades, así como los servidores públicos autorizados para ejercer gasto de inversión de las mismas, serán responsables de:

I. Identificar los programas y proyectos de inversión que contribuyan al cumplimiento de las metas asignadas, considerando el gasto de capital, el gasto de operación y mantenimiento, y otros gastos asociados;

II. Promover una mayor capacitación de los servidores públicos que intervengan en la planeación, desarrollo y ejecución de programas y proyectos de inversión en materia de evaluación de los beneficios y costos para la sociedad de dichos programas y proyectos;

III. Otorgar prioridad a la realización de los programas y proyectos de inversión que generen mayores beneficios netos para la sociedad;

IV. Estimular y promover la participación de los sectores social y privado y de los distintos órdenes de gobierno en los programas y proyectos de inversión que impulsa el sector público, procurando incrementar con ello los beneficios netos para la sociedad de dichos programas y proyectos, y V. Reportar a la Secretaría la información sobre el seguimiento y desarrollo de los programas y proyectos de inversión en los términos de las disposiciones generales que ésta emita.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 42 de Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria?

Los titulares de las dependencias y entidades, así como los servidores públicos autorizados para ejercer gasto de inversión de las mismas, serán responsables de: I. Identificar los programas y proyectos de inversión que…

¿Está vigente el artículo 42?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 27-09-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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