Artículo 30 de Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 30.- Para la implementación de las políticas en materia de semillas, la Secretaría se apoyará en los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas.
CAPÍTULO VI DEL FOMENTO A LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.