Artículo 67 de Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Reglamento de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 67.- Para evaluar la calidad genética de la semilla, se verifica la identidad varietal, dentro de la unidad de inscripción, a través del cotejo de los caracteres pertinentes de conformidad con la descripción varietal, y su calificación se realiza con base en los niveles establecidos en la Regla específica en términos de la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.