Artículo 231 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 231. La Secretaría será la responsable de emitir la constancia del tercero especialista autorizado, a petición del interesado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.