Artículo 254 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 254. La Secretaría regulará y controlará la autorización o cancelación de la operación de los Puntos de Verificación e Inspección Interna en materia de sanidad animal. Dichos puntos deberán sustentarse en lo señalado en las disposiciones de sanidad animal aplicables y por ningún motivo deberán constituir barreras interestatales al comercio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.