Reglamento federal

Artículo 258 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal

Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 258. Cuando la Secretaría regule la movilización de animales o bienes de origen animal entre dos o más entidades federativas cuya condición zoosanitaria sea la misma, ésta propondrá la suscripción de convenios de colaboración entre las entidades federativas involucradas, con el propósito de que realicen la instalación y operación conjunta de los Puntos de Verificación e Inspección Interna, bajo un esquema regional de protección de estatus.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 258 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal?

Cuando la Secretaría regule la movilización de animales o bienes de origen animal entre dos o más entidades federativas cuya condición zoosanitaria sea la misma, ésta propondrá la suscripción de convenios de…

¿Está vigente el artículo 258?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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