Artículo 276 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 276. La Secretaría será la responsable de coordinar, organizar, supervisar y evaluar el Servicio Oficial de Seguridad Zoosanitaria en el territorio nacional, para lo cual contará con la estructura organizacional necesaria que permita su eficaz supervisión, evaluación y operación.
El Servicio Oficial de Seguridad Zoosanitaria, se estructurará y funcionará de acuerdo al Manual de Organización y de Procedimientos que establezca la Secretaría.
TÍTULO NOVENO DE LOS ÓRGANOS DE COADYUVANCIA CAPÍTULO I DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.