Reglamento federal

Artículo 291 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal

Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 291. Una vez recibida la solicitud de aprobación, en términos del artículo anterior, la Secretaría emitirá la resolución correspondiente, dentro de los sesenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la recepción de la solicitud. La prevención se realizará conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 291 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal?

Una vez recibida la solicitud de aprobación, en términos del artículo anterior, la Secretaría emitirá la resolución correspondiente, dentro de los sesenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la…

¿Está vigente el artículo 291?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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