Artículo 291 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 291. Una vez recibida la solicitud de aprobación, en términos del artículo anterior, la Secretaría emitirá la resolución correspondiente, dentro de los sesenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la recepción de la solicitud. La prevención se realizará conforme a lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.