Artículo 296 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 296. La Secretaría determinará las pruebas a las que deberán sujetarse los análisis y los diagnósticos efectuados en los laboratorios aprobados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.