Artículo 300 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 300. Los laboratorios aprobados deberán contar con el equipo necesario, personal técnico calificado y demás requisitos que establezcan las disposiciones de sanidad animal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.