Artículo 299 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 299. Para el caso de los laboratorios de pruebas aprobados en el diagnóstico de las enfermedades y plagas de los animales, el responsable será un médico veterinario.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.