Reglamento federal

Artículo 304 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal

Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 304. Las personas morales interesadas en obtener la aprobación como unidad de verificación deberán presentar la solicitud a la Secretaría y cuando menos la siguiente información:

I. Original y copia simple de la acreditación otorgada por una entidad de acreditación;

II. Relación del personal técnico de la unidad de verificación que realizará la evaluación de la conformidad;

III. Original y copia simple de la cédula profesional del personal técnico de la unidad de verificación que lo avale como médico veterinario o profesionista de carrera afín, expedida por la autoridad competente;

IV. Declaración bajo protesta de decir verdad, firmada por el representante legal, de que no ha sido sancionado por la Secretaría, y V. Constancia de capacitación de cada uno de los médicos veterinarios y carrera afín que auxiliarán a la unidad de verificación expedida por instituciones académicas, científicas, organizaciones colegiadas o unidad de verificación persona moral aprobada con las que la Secretaría haya celebrado un acuerdo o convenio para desarrollar programas de capacitación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 304 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 304 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal?

Las personas morales interesadas en obtener la aprobación como unidad de verificación deberán presentar la solicitud a la Secretaría y cuando menos la siguiente información: I. Original y copia simple de la acreditación…

¿Está vigente el artículo 304?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.