Artículo 331 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 331. Los laboratorios autorizados deberán contar con el equipo necesario para realizar las pruebas, personal técnico calificado y demás requisitos que establezcan las disposiciones de sanidad animal para que presten servicios a los que se refiere la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.