Artículo 84 de Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal
Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 84. En los casos del establecimiento o continuidad de las campañas zoosanitarias, la Secretaría solicitará a los gobiernos de las entidades federativas celebrar acuerdos o convenios para apoyar a las mismas, mediante aportaciones económicas y colaboración en la implementación y el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal que correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.