Artículo 40 de Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada
Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 40.- La capacitación del personal operativo tiene por objeto desarrollar, de manera integral, las aptitudes físicas e intelectuales que permitan la prestación eficaz del servicio que se encomiende.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.