Artículo 4 de Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado
Reglamento de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en Materia de Capacidad Satelital como reserva del Estado · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 4. La Secretaría es la autoridad competente para interpretar administrativamente el presente reglamento.
Capítulo II De la Competencia de la Secretaría
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.