Reglamento federal

Artículo 2 de Reglamento de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos

Reglamento de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 2.- Para efectos de este Reglamento, se entiende por:

I. Ley, la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos;

II. Merma, los precursores químicos o productos químicos esenciales que se consumen o pierden en el desarrollo normal de las actividades reguladas;

III. Merma máxima, la más alta calculada por cada sujeto con base en registros estadísticos o en el control de inventarios y rendimientos;

IV. Merma inusual, el excedente a la merma máxima que la substancia hubiere experimentado en el proceso específico o actividad regulada en la que haya sido utilizada por el sujeto de que se trate durante el año calendario anterior, y V. Procesar, darle a las substancias la presentación final de cápsulas, tabletas o comprimidos.

Son aplicables al presente Reglamento, las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 2 de Reglamento de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos?

Para efectos de este Reglamento, se entiende por: I. Ley, la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos; II. Merma, los…

¿Está vigente el artículo 2?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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