Artículo 42 de Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público · Última reforma de referencia: 29-11-2006 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 42.- Las bases estarán a disposición de los interesados en el domicilio, fecha y horario que se determine en la convocatoria.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.