Artículo 43 de Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público
Reglamento de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público · Última reforma de referencia: 29-11-2006 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 43.- La determinación del precio de las bases atenderá a la recuperación del costo de la publicación de la convocatoria y de la documentación que debe proporcionarse a los participantes, para lo cual se dividirá dicho costo entre el número mínimo de interesados que se estime participarán.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.