Reglamento federal

Artículo 26 de Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia · Última reforma de referencia: 14-03-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 26.- Sin perjuicio de lo previsto en el Programa, el Modelo de Erradicación tendrá las siguientes acciones:

I. Definir y ejecutar acciones interinstitucionales tendientes a desalentar prácticas violentas contra las mujeres;

II. Establecer y homologar mediante convenios de coordinación los registros administrativos sobre Violencia contra las Mujeres, que contengan los datos desagregados por sexo, edad, estado civil, ubicación geográfica, tipos y Modalidades de Violencia, nivel socioeconómico y grado de educación, además de los de desarrollo humano en su componente de violencia, que conforman el Sistema de Información estratégico de Violencia contra las Mujeres;

III. Recopilar y dar seguimiento a la información estadística para la generación de indicadores de evaluación y medición del impacto de la Violencia contra las Mujeres;

IV. Establecer mecanismos para la armonización legislativa con la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de la Niñez, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y demás instrumentos internacionales ratificados por el Estado Mexicano en materia de Derechos Humanos de las Mujeres y sus recomendaciones en la legislación federal, local y municipal, y V. Implementar, vigilar y monitorear el presente Modelo.

Artículo reformado DOF 25-11-2013

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 26 de Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 26 de Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia?

Sin perjuicio de lo previsto en el Programa, el Modelo de Erradicación tendrá las siguientes acciones: I. Definir y ejecutar acciones interinstitucionales tendientes a desalentar prácticas violentas contra las mujeres;…

¿Está vigente el artículo 26?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 14-03-2014. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.