Artículo 9 de Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Reglamento de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia · Última reforma de referencia: 14-03-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 9.- Las y los servidores públicos deberán recibir capacitación permanente sobre derechos humanos de las mujeres y perspectiva de género.
TÍTULO SEGUNDO CAPÍTULO I DE LA PREVENCIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.