Artículo 89 de Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte
Reglamento de la Ley General de Cultura Física y Deporte · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 89. Sin perjuicio de lo dispuesto en este Reglamento, el Pleno del Comité Nacional Antidopaje operará de acuerdo con las disposiciones y procedimientos que el mismo apruebe por mayoría de votos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.