Artículo 1 de Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 1.- El presente Reglamento es de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto regular el debido respeto del derecho a la cultura que tiene toda persona, la promoción y protección al ejercicio de los derechos culturales y la definición de las bases de coordinación para el acceso de los bienes y servicios que presta el Estado en materia cultural.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.