Artículo 7 de Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales
Reglamento de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 7.- El Programa de Asignación de Vales comprende:
I. Apoyo a proyectos culturales comunitarios;
II. Realización de actividades culturales y artísticas, y III. Las demás acciones que planteen los gobiernos de las entidades federativas y los municipios de las entidades federativas o las alcaldías de la Ciudad de México, tendientes a incrementar el acceso a la cultura de los Sectores Vulnerables dentro de su jurisdicción territorial, y que sean aceptadas en los convenios de coordinación correspondientes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.