Reglamento federal

Artículo 189 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 189. La Secretaría emitirá el dictamen técnico de determinación taxonómica dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en que reciba el documento por el cual se remitan las muestras.

La Secretaría llevará un registro de los dictámenes técnicos de determinación taxonómica que expida.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 189 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable?

La Secretaría emitirá el dictamen técnico de determinación taxonómica dentro de los quince días naturales siguientes a aquel en que reciba el documento por el cual se remitan las muestras. La Secretaría llevará un…

¿Está vigente el artículo 189?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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