Reglamento federal

Artículo 17 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social · Última reforma de referencia: 28-08-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 17.- El Padrón de Beneficiarios es un instrumento de política social que tiene por objeto:

I. Conocer las características demográficas y socioeconómicas de los beneficiarios de los programas de desarrollo social;

II. Homologar y simplificar la operación de los programas de desarrollo social;

III. Hacer eficiente el otorgamiento de servicios y subsidios;

IV. Obtener información para el seguimiento y evaluación de los programas de desarrollo social;

V. Garantizar el cumplimiento de los criterios y requisitos de elegibilidad previstos en los programas de desarrollo social y evitar la duplicidad en la asignación de apoyos o servicios dentro de un mismo programa;

VI. Verificar que las personas que reciban los apoyos o servicios, correspondan con la población objetivo definida en las reglas de operación de cada programa de desarrollo social;

VII. Determinar la cobertura poblacional y territorial de los programas de desarrollo social para apoyar con mayor efectividad el desarrollo de los beneficiarios;

VIII. Determinar las necesidades de atención y la aplicación de los programas de desarrollo social especificados en el Plan Nacional de Desarrollo;

IX. Promover la corresponsabilidad por parte de los beneficiarios;

X. Transparentar la operación de los programas de desarrollo social, permitir la oportuna rendición de cuentas y prevenir abusos, discrecionalidad, desviaciones o actos de corrupción en el otorgamiento de apoyos o servicios del Gobierno Federal hacia los particulares, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y XI. Aprovechar las tecnologías de la información y comunicaciones, incluida la geo-referenciación de datos múltiples.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 17 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social?

El Padrón de Beneficiarios es un instrumento de política social que tiene por objeto: I. Conocer las características demográficas y socioeconómicas de los beneficiarios de los programas de desarrollo social; II.…

¿Está vigente el artículo 17?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 28-08-2008. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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