Artículo 35 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social
Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social · Última reforma de referencia: 28-08-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 35.- La Comisión Intersecretarial promoverá el desarrollo de estudios económicos que apoyen las actividades productivas del sector social de la economía, considerando las características de las regiones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.