Reglamento federal

Artículo 61 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social

Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social · Última reforma de referencia: 28-08-2008 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 61.- Las convocatorias que se elaboren deberán contener, al menos, la siguiente información:

I. Fecha, lugar y hora de celebración;

II. Objetivo y temática;

III. Características de los proyectos o acciones;

IV. Recursos financieros requeridos, en su caso;

V. Criterios, requisitos y modalidades de participación;

VI. Cobertura, y VII. Fecha y medio para la difusión de los resultados de la convocatoria.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 61 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 61 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social?

Las convocatorias que se elaboren deberán contener, al menos, la siguiente información: I. Fecha, lugar y hora de celebración; II. Objetivo y temática; III. Características de los proyectos o acciones; IV. Recursos…

¿Está vigente el artículo 61?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 28-08-2008. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.