Artículo 33 de Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 33.- Los planes y programas de capacitación sobre la INFE Federal serán impartidos por el Instituto y, en caso de requerirlo, podrá solicitar apoyo de instituciones educativas, de investigación científica o tecnológica, públicas o privadas, nacionales o extranjeras para ello.
Cualquier instancia que desarrolle planes y programas de capacitación sobre la INFE Federal, se sujetará a los criterios que para tal efecto se establezcan en el programa de capacitación emitido por el Instituto.
CAPÍTULO VII DE LA CERTIFICACIÓN DE LA CALIDAD DE LA INFE
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.