Artículo 44 de Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa
Reglamento de la Ley General de la Infraestructura Física Educativa · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 44.- El Instituto integrará el Padrón Nacional de Evaluadores y lo difundirá en el Sistema de Información.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.