Artículo 22 de Reglamento de la Ley General de Protección Civil
Reglamento de la Ley General de Protección Civil · Última reforma de referencia: 09-12-2015 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 22. La ENAPROC es una instancia administrativa dependiente de la Coordinación Nacional, por conducto del Centro Nacional, con funciones académicas y de certificación de capacidades en materia de Protección Civil y Prevención de Desastres en el marco del Sistema Nacional de Competencias.
La ENAPROC prestará servicios educativos en términos de las disposiciones jurídicas aplicables y en el marco de las bases de coordinación que suscriban la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría. Asimismo, la certificación por estándares se llevará a cabo a través del Fideicomiso de los Sistemas Normalizado de Competencia Laboral y de Certificación de Competencia Laboral.
Párrafo reformado DOF 09-12-2015
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.