Artículo 185 de Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica
Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica · Última reforma de referencia: 17-07-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 185.- Los fluoroscopios solamente podrán ser operados por médicos radiólogos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.