Reglamento federal

Artículo 60 de Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 60. Los responsables de los Bancos de Tejidos tendrán las siguientes funciones:

I. Vigilar que la Preservación y almacenamiento de los Tejidos se realice de acuerdo con lo establecido en la Ley, el presente Reglamento, los manuales internos de procedimientos aprobados en cada banco y demás disposiciones jurídicas aplicables;

II. Vigilar que la calidad de los Tejidos cumpla con los estándares internacionales establecidos para garantizar las condiciones óptimas del Trasplante;

III. Implementar y ejecutar acciones de Procuración de Tejidos que se encuentren bajo su resguardo, las cuales deberán ser acreditables;

IV. Garantizar la Trazabilidad de los Tejidos, de conformidad con las funciones que realiza el banco;

V. Celebrar convenios con los Establecimientos de Salud para promover la Distribución de Tejidos con fines de Trasplantes;

VI. Mantener las condiciones óptimas para el traslado del Tejido que garanticen su viabilidad para el Trasplante;

VII. Supervisar que se cumplan las disposiciones jurídicas aplicables, y VIII. Las demás que determinen las disposiciones jurídicas aplicables.

TÍTULO QUINTO REGISTRO NACIONAL DE TRASPLANTES Capítulo Único Del Registro Nacional de Trasplantes

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 60 de Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes?

Los responsables de los Bancos de Tejidos tendrán las siguientes funciones: I. Vigilar que la Preservación y almacenamiento de los Tejidos se realice de acuerdo con lo establecido en la Ley, el presente Reglamento, los…

¿Está vigente el artículo 60?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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