Reglamento federal

Artículo 64 de Reglamento de la Ley General de Turismo

Reglamento de la Ley General de Turismo · Última reforma de referencia: 16-08-2017 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 64.- Las campañas publicitarias podrán consistir en:

I. La difusión de anuncios promocionales por cualquier medio;

II. La distribución de diversos objetos o clases de impresos;

III. La celebración de ferias turísticas, gastronómicas y demás eventos publicitarios, y IV. Las demás acciones que determine la Secretaría para la divulgación de los Destinos y Atractivos Turísticos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 64 de Reglamento de la Ley General de Turismo a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 64 de Reglamento de la Ley General de Turismo?

Las campañas publicitarias podrán consistir en: I. La difusión de anuncios promocionales por cualquier medio; II. La distribución de diversos objetos o clases de impresos; III. La celebración de ferias turísticas,…

¿Está vigente el artículo 64?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 16-08-2017. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.