Artículo 30 de Reglamento de la Ley General de Víctimas
Reglamento de la Ley General de Víctimas · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 30. Las relaciones laborales entre la Comisión Ejecutiva y sus trabajadores, se rigen por el artículo 123, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CAPÍTULO II DEL PLENO DE LA COMISIÓN EJECUTIVA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.