Reglamento federal

Artículo 33 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas

Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas · Última reforma de referencia: 21-05-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 33.- Los instrumentos de concertación y coordinación deberán contener, por lo menos, la siguiente información:

I. La referencia a los planes y programas en materia de política ambiental nacional con los que se relacionen;

II. Un plan de trabajo que incluya:

a) Los objetivos y metas que se pretendan alcanzar;

b) El desglose, origen y destino de los recursos financieros, materiales y humanos que se pretendan utilizar;

c) Los datos generales de las personas responsables de la ejecución del plan, y d) El cronograma de las actividades a realizar;

III. Los mecanismos de financiamiento;

IV. Las obligaciones de las partes;

V. Resolución de controversias, y VI. La vigencia del instrumento, sus formas de terminación y, en su caso, el número y la duración de sus prórrogas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 33 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 33 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas?

Los instrumentos de concertación y coordinación deberán contener, por lo menos, la siguiente información: I. La referencia a los planes y programas en materia de política ambiental nacional con los que se relacionen;…

¿Está vigente el artículo 33?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-05-2014. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.