Reglamento federal

Artículo 20 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales

Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales · Última reforma de referencia: 31-10-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 20. La Empresa por una sola ocasión podrá someter a consideración de la Procuraduría o, en su caso, de la Agencia, según corresponda, con al menos quince días hábiles de anticipación a la fecha de conclusión prevista originalmente en el Plan de Acción, la modificación de los plazos de ejecución de las actividades de dicho plan, para lo cual presentará un escrito en el que justifique debidamente el motivo de dicha petición.

Párrafo reformado DOF 31-10-2014 Si la Procuraduría o, en su caso, la Agencia, según corresponda, no dan respuesta a lo anterior, en los diez días hábiles posteriores a la presentación del escrito, se entenderá que la modificación de los plazos ha sido aceptada.

Párrafo reformado DOF 31-10-2014 Si la Empresa no ejecuta el Plan de Acción dentro de los plazos establecidos, el trámite para la obtención del Certificado será desechado.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 20 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 20 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Autorregulación y Auditorías Ambientales?

La Empresa por una sola ocasión podrá someter a consideración de la Procuraduría o, en su caso, de la Agencia, según corresponda, con al menos quince días hábiles de anticipación a la fecha de conclusión prevista…

¿Está vigente el artículo 20?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 31-10-2014. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.