Artículo 25 de Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes · Última reforma de referencia: 31-10-2014 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 25. La información ambiental de carácter público de la Base de datos del Registro, es la siguiente:
I. Nombre de la persona física, denominación o razón social del establecimiento sujeto a reporte;
II. Emisiones y transferencias de sustancias y contaminantes, conforme a lo establecido en el primer párrafo del artículo 10 del presente Reglamento, y III. Localización geográfica del establecimiento sujeto a reporte.
La información a que hace mención este artículo será integrada al Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales, de conformidad con el artículo 159 Bis de la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.