Artículo 36 de Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco
Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco · Última reforma de referencia: 09-10-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 36.- Los paquetes de productos del tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos no deberán contener insertos o documentos desprendibles que contengan alguna leyenda de advertencia o cualquier otra información que haga alusión a las características, usos u otra similar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.