Reglamento federal

Artículo 36 de Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco

Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco · Última reforma de referencia: 09-10-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 36.- Los paquetes de productos del tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos no deberán contener insertos o documentos desprendibles que contengan alguna leyenda de advertencia o cualquier otra información que haga alusión a las características, usos u otra similar.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 36 de Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco?

Los paquetes de productos del tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos no deberán contener insertos o documentos desprendibles que contengan alguna leyenda de advertencia o cualquier otra información…

¿Está vigente el artículo 36?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 09-10-2012. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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