Artículo 37 de Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco
Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco · Última reforma de referencia: 09-10-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 37.- Todos los paquetes de productos de tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, además de las leyendas de advertencia especificadas, contendrán la información que determine la Secretaría sobre los contenidos de los productos de tabaco, sus emisiones y riesgos, la cual será determinada en el acuerdo que al efecto emita la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.