Artículo 125 de Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República · Última reforma de referencia: 21-09-2012 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 125. El proceso de evaluación del desempeño se deberá practicar cuando menos una vez al año.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.