Reglamento federal

Artículo 36 de Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 36. Los Centros INAH tienen, dentro de su territorio, las atribuciones siguientes:

I. Realizar investigación en antropología, arqueología, historia y Conservación, así como proteger, conservar, restaurar, difundir, divulgar, recuperar y, en su caso, custodiar, el Patrimonio Cultural y los Bienes de Interés Paleontológico, de conformidad con las políticas y disposiciones emitidas por el Instituto;

II. Ejercer la rectoría en lo referente a la protección, Conservación, restauración, recuperación y resguardo del Patrimonio Cultural;

III. Fomentar políticas estatales que contribuyan a la investigación, Conservación, protección y difusión del Patrimonio Cultural;

IV. Promover la participación social en la Conservación del Patrimonio Cultural, en coordinación con las autoridades federales, estatales, municipales y con organismos de la sociedad civil;

V. Participar en la elaboración de políticas, programas, proyectos y actividades del Instituto;

VI. Fomentar el registro de los monumentos y zonas de monumentos arqueológicos e históricos, así como el de Bienes de Interés Paleontológico, y VII. Diseñar su organización y funcionamiento, de conformidad con la normativa aplicable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 36 de Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia?

Los Centros INAH tienen, dentro de su territorio, las atribuciones siguientes: I. Realizar investigación en antropología, arqueología, historia y Conservación, así como proteger, conservar, restaurar, difundir,…

¿Está vigente el artículo 36?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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