Artículo 49 de Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 49. Los Consejeros electos por los especialistas del Instituto podrán ser reelectos en sus funciones por una sola ocasión.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.