Artículo 56 de Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia
Reglamento de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 56. Las ausencias de los titulares de la Secretaría Técnica y de la Secretaría Administrativa, serán suplidas por los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior que de ellos dependan, de acuerdo con la competencia del asunto de que se trate.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.