Artículo 28 de Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa
Reglamento de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa · Última reforma de referencia: 24-05-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 28. Los Grupos de Trabajo desarrollarán sus trabajos en términos de los lineamientos de operación y funcionamiento que emita el Consejo.
Capítulo Quinto De los Consejos Estatales para la Competitividad de las MIPYMES Sección I De las funciones y operación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.