Artículo 26 de Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos
Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 26.- Los permisos de regasificación se otorgarán a quienes cuenten con Sistemas mediante los cuales el Gas Natural en fase líquida se somete a un proceso para gasificarlo, con objeto de inyectarlo a un Sistema de Ductos o en Instalaciones de Aprovechamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.