Reglamento federal

Artículo 65 de Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos

Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 65.- La Comisión deberá emitir las disposiciones de carácter general necesarias para que los gestores se desempeñen, en su caso, bajo una estricta separación funcional respecto de sus actividades de gestor de los Sistemas Integrados y de Permisionarios de Transporte y Almacenamiento. Para tal efecto, la Comisión preverá que los gestores incorporen las divisiones necesarias para realizar sus actividades antes señaladas en forma independiente una de la otra.

La Comisión en las reglas de operación de los gestores a que se refiere el artículo 64 de la Ley, incluirá la existencia de comités consultivos en los que participen representantes de las diferentes actividades de la industria de Hidrocarburos, así como Usuarios y Usuarios Finales.

Sección Segunda De los Planes Quinquenales de Expansión y Optimización de la Infraestructura de Transporte por Ducto y Almacenamiento, y de Expansión del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 65 de Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos?

La Comisión deberá emitir las disposiciones de carácter general necesarias para que los gestores se desempeñen, en su caso, bajo una estricta separación funcional respecto de sus actividades de gestor de los Sistemas…

¿Está vigente el artículo 65?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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