Artículo 2 de Reglamento del Artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Reglamento del Artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 2. Para efectos de este Reglamento, se aplicarán las definiciones establecidas en el artículo 2 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, en lo sucesivo la Ley.
CAPÍTULO II DE LA LISTA DE ÁRBITROS Y DE LOS REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.