Reglamento federal

Artículo 75 de Reglamento del Código Fiscal de la Federación

Reglamento del Código Fiscal de la Federación · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 75.- Para los efectos del artículo 75 del Código, la imposición de una multa cuyo monto se encuentre actualizado, se deberá fundar tanto en las disposiciones aplicables del Código, como en las reglas de carácter general que emita el Servicio de Administración Tributaria, en las cuales se determina de forma detallada el procedimiento por el que se obtuvo el factor de actualización que se aplicará a la multa.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 75 de Reglamento del Código Fiscal de la Federación?

Para los efectos del artículo 75 del Código, la imposición de una multa cuyo monto se encuentre actualizado, se deberá fundar tanto en las disposiciones aplicables del Código, como en las reglas de carácter general que…

¿Está vigente el artículo 75?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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